16 de agosto de 2026

DIARIO EL NORTINO

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Caso Galleguillos – Villanueva: Fiscalía cierra investigación y partes mantienen versiones contrapuestas

La situación judicial del exalcalde de Alto Hospicio, Ramón Galleguillos Castillo, y del exdirector de Secoplac, César Villanueva, volvió a ocupar la agenda local luego de que el Ministerio Público comunicara -en audiencia celebrada el 11 de noviembre de 2025 ante el Juzgado de Garantía de Iquique- su decisión de no perseverar en la investigación por presunto enriquecimiento ilícito y otros ilícitos asociados. La resolución se adoptó en aplicación del artículo 248 letra c) del Código Procesal Penal, al concluir que no existen antecedentes suficientes para formular una acusación.

La determinación cierra la indagatoria, aunque la ley contempla la posibilidad de reactivarla si surgieran hechos nuevos, distintos y relevantes, conforme al artículo 257 del mismo cuerpo normativo. Esta figura no equivale a una absolución, pero sí pone término al trabajo investigativo de la Fiscalía mientras no se incorporen nuevos elementos.

Según consignó el Diario El Sol de Iquique, el abogado querellante Enzo Morales señaló que el caso se mantuvo “congelado” debido a la falta de colaboración de organismos auxiliares que no habrían ejecutado diligencias ordenadas por la justicia. A su juicio, ese escenario impidió el adecuado avance del proceso, aunque insistió en que la causa podría reabrirse si se aportan nuevos antecedentes. Su postura se sustenta en el principio de objetividad que rige al Ministerio Público, establecido en la Ley Orgánica Constitucional 19.640, y en la obligación institucional de agotar las diligencias necesarias para esclarecer los hechos.

Desde la vereda opuesta, el abogado defensor Juan Sampson afirmó que la decisión fiscal confirma que no existieron delitos ni responsabilidad penal atribuible a sus representados. Recordó que en octubre de 2024 la Fiscalía ya había optado por no perseverar, pero que la causa fue reabierta a solicitud del querellante, por orden del tribunal, en virtud del artículo 257 del Código Procesal Penal. De acuerdo con el defensor, las diligencias ordenadas en esa ocasión se cumplieron y, aun así, no se lograron reunir elementos que permitieran sostener una acusación formal.

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La investigación, iniciada en 2018, abordó posibles delitos de enriquecimiento ilícito o incremento patrimonial injustificado (artículo 241 bis del Código Penal), uso indebido de información reservada (artículo 247 bis) y lavado de activos, regulado por la Ley 19.913. Durante ese periodo, el Ministerio Público no logró obtener antecedentes suficientes para dar paso a una formalización, pese a la extensión del proceso y al rechazo previo del tribunal -confirmado por la Corte de Apelaciones- del sobreseimiento solicitado por la defensa.

Tras la decisión de no perseverar formalizada el 11 de noviembre, la causa queda cerrada conforme al marco legal vigente. Desde la defensa afirman que evaluarán acciones por daño moral, considerando la prolongación de un caso que, según sostienen, carecía de sustento probatorio desde un inicio. El querellante, en tanto, insiste en que la investigación podría reactivarse si surgen nuevos elementos, aunque el Ministerio Público ha señalado que no existen actualmente diligencias pendientes que permitan reabrirla bajo los parámetros legales.

Con ello, culmina un procedimiento que se extendió por casi una década y que deja visiones opuestas entre las partes, mientras la Fiscalía da por agotada la vía investigativa.

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FONDO QHAPAQ AYMARA: Desarrollo Integral